La Alianza Estratégica: Una alternativa también para los Trabajadores por Cuenta Propia, en Cuba.
Hace pocos años, el ambiente
de los negocios por cuenta propia en Cuba era muy diferente al actual. La
variedad de negocios era reducida, el uso de la tecnología era escaso y la
competencia era insignificante. Hoy en día, el contexto ha cambiado y se hace necesario utilizar nuevos métodos que
traigan consigo nuevas oportunidades.
Sistema
Tributario en CUBA.
El
Sistema Tributario Cubano está conformado por 11 impuestos, 3 tasas y una
contribución, que son aplicados por el Estado a los contribuyentes.
El
impuesto es un tipo de tributo que
no beneficia directamente al que lo paga, sino a todos los miembros de la
sociedad.
Los
11 impuestos son:
- Impuesto sobre Utilidades.
- Impuesto sobre los Ingresos Personales.
- Impuesto sobre las Ventas.
- Impuesto Especial a Producto.
- Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
- Impuesto sobre la Propiedad o Posesión de Determinados Bienes.
- Impuesto sobre Documentos.
- Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo.
- Impuesto sobre los Servicios Públicos.
- Impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias.
- Impuesto sobre la Utilización o Explotación de los Recursos Naturales y para la Protección del Medio Ambiente.
Las tasas son los tributos por los que el contribuyente recibe un servicio o actividad por parte del Estado.
Las 3 Tasas son:
- Tasa por Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial.
- Tasa por Servicios de Aeropuertos a Pasajeros.
- Tasa por Peaje.
Las contribuciones son tributos para un destino específico determinado, que beneficia directa o indirectamente al obligado a su pago.
La Contribución es:
- Contribución a la Seguridad Social.
Nuevas disposiciones en beneficio de las madres trabajadoras por cuenta propia
(TCP) y los cuidadores de niños, enfermos
y anciano.
Las madres trabajadoras por cuenta propia (TCP) con 2 o más hijos menores de 17 años y los cuidadores de niños, enfermos y ancianos pagarán un cincuenta por ciento menos del impuesto sobre los Ingresos Personales.
Por otra parte, se dispone también otorgar una bonificación en el pago de los impuestos a los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de “Asistente para el cuidado de niños” y “Cuidador de enfermos, personas con discapacidad y ancianos”, en el Régimen Simplificado de Tributación, consistente en la reducción de un cincuenta por ciento (50%) de las cuotas consolidadas mensuales que les corresponda pagar.
Las madres trabajadoras por cuenta propia (TCP) con 2 o más hijos menores de 17 años y los cuidadores de niños, enfermos y ancianos pagarán un cincuenta por ciento menos del impuesto sobre los Ingresos Personales.
En su Resolución No.26 de 2017, el MFP dispone:
Otorgar una bonificación en el pago de las
cuotas mensuales a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales a las
trabajadoras por cuenta propia que tengan dos (2) o más hijos menores de
diecisiete (17) años, consistente en la reducción en un cincuenta por ciento
(50%) de las referidas cuotas, teniendo en cuenta los ingresos económicos del núcleo
familiar, según procedimiento establecido por el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social.
Esta bonificación se aplica con relación a la
cuota mínima o incrementada, con carácter general o individual, para la
actividad que ejerza la trabajadora.
Para las trabajadoras por cuenta propia que
aportan por el Régimen General de Tributación, se les otorga una bonificación
del cincuenta por ciento (50%) del Impuesto sobre los Ingresos Personales,
determinado según la Declaración Jurada en el proceso de liquidación del
ejercicio fiscal, por los ingresos que se generan a partir del año 2017 y sobre
los que se realizará la correspondiente Declaración Jurada en el año 2018.
